Entradas

¿Es importante iniciar la sucesión?

El fallecimiento de un familiar es un hecho doloroso para todos sus seres queridos. Es un momento de pesar y de angustia, en el cual no suele pensarse, inmediatamente, en las consecuencias jurídicas de este suceso. Pero lo cierto es que si hay un hecho que genera consecuencias económicas y jurídicas, ese es el fallecimiento de una persona. Más temprano que tarde, los herederos comenzaran a preguntarse "que dejó" el causante, y comenzarán a efectuar los planes de repartición. Es decir, quién se queda con qué. Todo ello, lo cual es discutido entre los integrantes del grupo familiar, se encuentra regulado en la ley. Esto es el llamado juicio sucesorio, o proceso sucesorio. Iniciar la sucesión, en consecuencia, no es más que darle reconocimiento legal a un hecho fáctico que ya sucedió en la realidad.  El proceso sucesorio establece cuestiones de suma relevancia, tales como: quiénes son los herederos, como se compone el patrimonio, qué deudas tenía el causante, como será la repart...

Licencias y VTV: los cambios mas importantes en la Ley de Tránsito

Imagen
El Decreto 196/2025 publicado en el Boletín Oficial del Gobierno Nacional, del día 18 de marzo de 2025, modificó algunos aspectos de la Ley Nacional de Tránsito y su decreto reglamentario. Acá te contamos cuáles son los cambios más relevantes: 🚦 - La licencia de conducir será emitida en formato digital , mediante la app Mi Argentina. Optativamente, se puede solicitar la emisión de la licencia física. Ambas tienen la misma validez legal. 🚦 - La licencia no se vence, sino que se renueva. Para ello, el titular deberá presentar una constancia de aptitud psicofísica otorgada por profesionales médicos o centros  de salud habilitados. Si el solicitante tiene faltas graves, además deberá  aprobar el examen teórico-práctico. Plazos para renovarla, según la edad:     -Entre 17 y 65 años: cada 5 años.     -Entre 65 y 70 años: cada 3 años.     - Mayores de 70 años: anualmente. 🚦 ¿Qué pasa con mi licencia actual? Tiene validez hasta el día del vencim...
Imagen
Algunas cositas (casi) obvias...  

HABLEMOS DEL PHISHING

La irrupción de Internet cambió por completo la dinámica de relaciones entre los consumidores y las empresas. Muchas de las operatorias que antes se daban de manera presencial acudiendo a las sucursales de aquellas, ahora se hacen desde la computadora personal o desde el celular. Inmensa cantidad de acciones pueden efectuarse de esta manera ágil, rápida y sencilla. Pero no desprovista de riesgos. Mucha gente elegía, y aun elige acercarse personalmente a las sedes de las empresas de servicios. Aun así, la imposibilidad de contacto físico por un tiempo prolongado, producto de la pandemia reciente, aceleró los tiempos tecnológicos en muchos ámbitos, e hizo que casi la totalidad de consultas, transacciones y operatorias sean exclusivamente por vías digitales. Así como toda esta dinámica consumidor- prestador de servicios se modificó en gran medida, también los estafadores se amoldaron a estos nuevos canales tecnológicos. Entrando en el terreno de las operatorias bancarias, hay que ob...

ALQUILERES: 7 PREGUNTAS BASICAS

Alquilar forma parte de la vida de muchas personas. Como toda decisión relevante, no puede tomarse a la ligera. Transcurren muchas vicisitudes e inconvenientes, y requiere planificación patrimonial y personal. En ese momento surgen preguntas, que por mas simples que parezcan, nunca esta de mas tratar de darles respuesta. -¿Por escrito o verbalmente? Siempre por escrito. Esto resulta esencial si hablamos de seguridad jurídica, ya que los “alquileres de palabra” serán muy difíciles de probar en juicio. Entonces, si “las palabras se las lleva el viento” como bien dice un dicho, siempre el alquiler deberá constar por escrito. -¿Es necesario hacerlo por escritura pública? Para nada. El CCC no impone a este tipo de contratos una forma solemne, a pesar de que bien podrían las partes pactar celebrarlo de esta manera. -¿Es obligatorio firmar? Siempre, ya que es el corolario de la expresión del consentimiento manifiesto para celebrar el acto jurídico. -¿Es imprescindible certificar...